Fue promulgado 28 julio del 2004
para ser aplicado en todo el territorio nacional, sin excepción alguna; sin
embargo, se consideró adecuado llevarlo a la práctica en forma progresiva en cuantos distritos
judiciales y poco a poco en más. El distrito judicial de Huaura fue elegido para aplicar el plan
piloto del nuevo modelo CPP, después se pasaría a otro como la Libertad,
Moquegua, Tacna y finalmente Lima donde
se pondría en vigencia.
Como regla general, todas las
personas que cometan una falta o un delito establecidos en el código penal deberán
ser investigadas y procesadas, a fin de establecer su responsabilidad; por ello
es importante presentar las principales diferencias entre lo que se denomina
delito y lo que se denomina falta. Las faltas constituyen delitos mínimos, la
principal diferencia entre un delito y una falta, radica en que esta última
representa un menor daño, es decir la intensidad o gravedad del daño que
produce es menor, por ello las faltas solo se sancionan con penas restrictivas de derechos, por ejemplo prestación
de servicios a la comunidad, limitaciones de vías libres e inhabilitación y la
imposición de multas a diferencia de los delitos que por lo general se sanciona
con pena privativa de libertad.
El principal objetivo del M.P.: cumplir
el reto que le encomienda la constitución. No es un órgano del estado es un
órgano autónomo. Los fiscales son los persecutores del delito, enemigo del
delito.
Desde su implementación en el
distrito judicial de HUAURA en el 2006. El nuevo código procesal penal viene
dando resultados positivos en lo que respecta a la garantía de los derechos, la
rapidez en los procesos penales, el incremento del nivel de atención de casos y
la descarga procesal en el sistema de
justicia penal, ya que no todos los casos llegan a juicio.
El CPP es el conjunto de normas
que regula la forma de cómo se debe realizar un proceso penal desde la
investigación del delito bajo la conducción del fiscal con el apoyo de la
policía hasta el juzgamiento en el poder judicial de manera rápida y
transparente. El nuevo modelo del CPP remplaza al antiguo código de
procedimientos penales de 1940; y con ello, se pasa de un modelo esencialmente
escrito, lento y altamente burocrático, a uno basado de audiencias.
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